· Es claro que cada quien debe reclamar los derechos que le corresponden. Por eso dice la Palabra de Dios: “Si pecare el hombre contra el hombre, los jueces le juzgarán; mas si alguno pecare contra Jehová, ¿quién rogará por él?”[1] Notemos que el que debe reclamar los derechos de cada quien es cada quien. Los de Dios son atribución solo de Dios, y los derechos del hombre lo reclaman los jueces, aquellos ha quienes el hombre ha delegado esa función. Dios ha instituido a los jueces para que diriman los pecados que el hombre comete contra el hombre, es decir, deben garantizar los derechos correspondientes a la segunda tabla de la ley. Y los derechos de Dios contenidos en los primeros cuatro mandamientos son atribuciones solo de Dios. Por eso Jesús enseñó “Dad a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios”[2]. Con esto nuestro Señor especificó claramente el principio de nuestra responsabilidad civil y la competencia del poder civil. Tenemos una responsabilidad con César (poder civil), y hemos de darle lo que es de él, lo que le corresponde. Si le damos menos, pecamos contra el hombre; si le damos más pecamos contra Dios. Es así dado que Jesús plantea que nuestros deberes se resumen en dos: amar a Dios (que es lo mismo que respetar los derechos de Dios, que es lo mismo que dejar que Dios tome venganza de sus derechos) y amar al prójimo (que es lo mismo que respetar los derechos del hombre, que es lo mismo que respetar al poder civil cuando trate de defender los derechos del hombre).
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